Supongamos que “La pelota rompió el jarrón.” Desde un punto de vista puramente sintáctico, el sujeto de esta oración es: “La pelota”. Sin embargo, una pelota es un objeto y por ello no podría (semánticamente hablando) haber llevado la acción de motu propio, es decir, sin la intervención de algún otro sujeto. La oración real, entonces, podría haberse leído: “Alguien rompió el jarrón de un pelotazo.” y la cosa hubiese sido más simple, porque ese “alguien” sí representa a un sujeto, aunque no sepamos con exactitud, a quién. Sin embargo, el no saber “quién” es ese sujeto, según el criterio del derecho, nos ubica frente a un vacío legal: hay un damnificado, pero no hay determinación fáctica del culpable y esto podría demorar la exigencia de una sanción y/o indemnización punitoria o resarcitoria retroactiva, sin renuncia a otros derechos por parte del actor… (que en este caso no sería el sujeto, sino el dueño del objeto del predicado). Desde el punto de vista policial: el s